jueves, 1 de octubre de 2009

"El buen ciudadano se rasca donde le pica" por Victoria Llopis


Ha saltado a los medios la polémica por unos materiales de Educación para la Ciudadanía en los colegios de Primaria de Albacete, que han previsto entre sus actividades el rascado y el sobamiento entre compañeros/as, dentro del objetivo de la asignatura de trabajar la "competencia emocional".
Las famosas sentencias del Tribunal Supremo pretendieron zanjar el conflicto de Educación para la Ciudadanía diciendo muy claramente a la Administración que ni el currículum oficial de Educación para la Ciudadanía ni el de cualquier otra asignatura podía ser vehículo para adoctrinar en determinada ideología, sistema de valores no compartido, o medio para dar una visión unilateral y partidista de cuestiones controvertidas en la sociedad. Y daba también a los padres casi una nueva misión: inspeccionar el sistema educativo, fiscalizando libros, materiales didácticos, actividades extraescolares, etc, para que en el caso de que este principio fuera incumplido, acudir a los Tribunales a pedir protección sumaria a su derecho fundamental consagrado en el artículo 27.3 de la Constitución; recordemos, "educar a sus hijos conforme a sus propias convicciones morales y religiosas". Recalquemos lo de "morales".
Los materiales elaborados por la Asociación Tiempos Educativos de Albacete –entidad dependiente de la Concejalía de Educación, en manos de la única concejala de Izquierda Unida del Consistorio albaceteño, y que tiene adscritos a la totalidad de los colegios públicos de Primaria y a varios concertados de Ordenes religiosas– casi, casi incurren en el Código Penal: artículo 189.4: "El que haga participar a un menor en un comportamiento de naturaleza sexual que perjudique la evolución o desarrollo de la personalidad de éste, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año". Si se considera encuadrado en el 189.1, que habla de "el que utilizare a menores de edad con fines o espectáculos exhibicionistas o pornográficos tanto públicos como privados", estaríamos hablando de penas de prisión de uno a cuatro años. Una broma, vamos.
Pero, sobre todo, parecen no haberse enterado de lo que dijo el Supremo. En su descargo podemos decir que lo que sí cumplen a la perfección son los objetivos, contenidos y criterios de evaluación previstos en la normativa que regula la materia, a saber, por ejemplo, LOE página 17168, Artículo 17, Objetivos de Educación Primaria, letra k): "Aceptar el propio cuerpo y el de los otros, respetar las diferencias". O el Real Decreto nacional que regula las enseñanzas mínimas de EpC: objetivos, artículo 3, letra m: "Desarrollar sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad". Y cumplen aún mejor el Decreto Autonómico de Castilla la Mancha que se sacó de la manga una explícita "competencia emocional" con la que desarrollar hasta el paroxismo una ingeniería de los afectos en la infancia. Pero de unos materiales que hacen su presentación terminando con "un saludo de afectividad, bienestar y paz" (sic), se puede esperar cualquier cosa menos aprender algo sobre la Constitución Española.
¿Recuerdan el caso de aquel colegio catalán que, en aplicación de los objetivos de la asignatura, pretendió que niños y niñas se ducharan juntos? Otros que intentaban cumplir los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de la asignatura. Y es que esto y no otra cosa es la EpC a la española.
Y una vez más tenemos que preguntar a los ciudadanos: ¿qué creen ustedes que tiene que ver el conocimiento del sistema constitucional que regula nuestra convivencia, el conocimiento de los Derechos Humanos recogidos en la Declaración Universal, es decir, el contenido "oficial" con que los responsables ministeriales desde los tiempos de San Segundo han intentado justificar esta nueva asignatura, con este tipo de actividades llamémoslas "lúdicas"? ¿Creen ustedes que para conocer la Constitución Española y la Declaración de Derechos Humanos tenemos que dejar que nuestros hijos de 9-10 años sean "sobados" por sus compañeros/as, "mostrando desinhibición y respeto", como exige el Real Decreto?Cuando en 2004 se empezaba a hablar de lo que podía llegar a ser EpC y leí a un articulista afirmar que la corrupción de menores antes era un delito y ahora iba a ser una rama de Educación para la Ciudadanía, no creí que llegaría a verlo hecho realidad. Queridos padres: defiendan a sus hijos; no tenemos por qué dejar que les hagan esto. Por mucho que lo diga un Real Decreto o un librito de texto.

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